SOLICITUD
que realiza SEO/BirdLife Donostia a la Diputación Foral de Gipuzkoa, Gipuzkoako
Foru Aldundia, ante los previsibles días
de fortuna venideros.
Ante
las previsiones de adversas condiciones
meteorológicas para las próximas jornadas en el Territorio Histórico de
Gipuzkoa, solicitamos a la
Diputación Foral de Gipuzkoa que, desde su Departamento de Desarrollo del Medio
Rural, active el protocolo específico en relación a los llamados “días de fortuna” en aplicación del
Artículo 5. Medidas circunstanciales.
De la Orden Foral de 23 de julio de 2012 (campaña 2012/2013) y según lo
dispuesto en la Ley 2/2011 de Caza de 17 de marzo de 2011 que, en su Artículo
39, en el punto 2 dice: “Se prohíbe la
caza en días de fortuna. Se entiende por tales días aquellos en que, como
consecuencia de temporales,
incendios, epizootias, inundaciones, sequías, heladas, olas de frío u otras causas, los animales se vean mermados en sus
posibilidades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados
lugares. No será necesaria una declaración expresa de la autoridad para la
vigencia de esta prohibición. A tal fin, las instituciones forales establecerán
un protocolo.”
Habiendo
finalizado el periodo hábil general de caza el día 31 de enero, salvo para la Becada, Chocha perdiz (Scolopax rusticola) que se prolonga
hasta el 17 de febrero y, en previsión de errores de interpretación de la
normativa o potenciales desmanes por parte de desaprensivos, consideramos
necesario que, aun no siendo preceptivo, se emita una comunicación oficial al
respecto desde el Departamento competente que llegue efectivamente a todos los
cazadores, tanto por vía directa, prensa o a través de la federación y
asociaciones de caza.
Esta
circunstancia de prolongación de fechas, más allá del 31 de enero, y para una
especie en concreto, no se da en los Territorios Históricos de Bizkaia ni de
Araba. Entendemos necesaria una revisión de esta excepcionalidad en nuestro
territorio a fin de evitar infracciones y procesos sancionadores, y en especial
afecciones graves a la fauna.
Esta
solicitud la hacemos en consideración del objetivo de la Orden Foral de Vedas:
“… regular la caza en su condición de recurso
natural cuya persistencia debe garantizarse…” La adopción de la medida
solicitada evitaría sucesos lamentables y sancionables que se han producido en
temporadas pasadas y que, para su prevención,
se elaboró el articulado legal y la normativa de referencia.
En
la confianza de que esta solicitud será atendida a la mayor brevedad ante la
inminencia de las circunstancias meteorológicas previstas y en bien del
cumplimiento de los objetivos de conservación del Patrimonio Natural y la
Biodiversidad que nos deben unificar tanto a las administraciones competentes
como a los colectivos conservacionistas y de cazadores.
Atentamente:
SEO/BirdLife-Donostia
Mas vale prevenir que lamentar,,,,bien hecho.
ResponderEliminarSaludos camperos.